DECRETOS SUPREMOSAprueban las “Bases para la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres”DECRETO SUPREMO Nº 002-2003-PCM(*) El Anexo del presente Decreto Supremo fue publicado el 04-01-2003. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los representantes de las organizaciones políticas, sociales, religiosas y el Gobierno afirman, mediante la suscripción del Acuerdo Nacional, que el desarrollo humano integral, la superación de la pobreza y la igualdad de acceso a las oportunidades para todos los peruanos y peruanas, sin ningún tipo de discriminación, constituyen el eje principal de la acción del Estado y, consecuentemente, se comprometen a buscar la concreción de siete políticas de Estado referidas al objetivo de equidad y justicia social; Que, el Gobierno ha asumido la lucha contra la pobreza como el eje fundamental de la Política de Gobierno, que contempla elevar los niveles de productividad de todas las actividades económicas, administrativas y de servicios que se desarrollan en el país; bajo la consideración que ésta es requisito para el incremento de los ingresos de la población, en un mundo globalizado y competitivo como el actual; Que, para combatir la pobreza es objetivo fundamental del actual Gobierno, orientar el empleo de recursos a la ejecución de estrategias de inversión en el área social, de apoyo a la producción local, de articulación al mercado y al recto manejo de los recursos naturales renovables, a fin de contribuir a que la población en situación de pobreza tenga una vida digna; Que, constituye prioridad del Gobierno asegurar la eficacia y eficiencia de los programas sociales de alivio a la pobreza, y elevar la calidad de gasto fiscal destinado a dichos programas, así como apoyar el proceso de la descentralización creando capacidades en el nivel local en correspondencia a las prioridades locales y al planeamiento municipal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 118-2002-PCM se ha creado la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria a la que se le encarga la coordinación, evaluación, y priorización de políticas sectoriales orientadas a garantizar la seguridad alimentaria de la Población; tareas que guardan una estrecha relación con la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres y que se potencian mutuamente para generar las sinergias necesarias para conseguir los resultados esperados; Que, es necesario desarrollar los elementos institucionales básicos de una red de protección social que intervenga para prevenir, aminorar y enfrentar riesgos y vulnerabilidades producto de crisis económicas o desastres naturales, atendiendo las necesidades locales de empleo e ingresos y reconstrucción de infraestructura de población vulnerable en situación de riesgo; Que, en consecuencia, es indispensable contar con una estrategia que se sustente en la generación de oportunidades económicas para las personas en situación de pobreza a partir de un crecimiento económico con una equitativa distribución de la riqueza; un proceso de descentralización, un manejo eficiente del gasto social, y la debida y oportuna atención de las demandas y necesidades de las personas de menores recursos; Que, la aplicación de la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres debe dar lugar a una profunda racionalización de programas y proyectos, instituir una gerencia social pública para lograr resultados eficaces y costo efectivos, así como contar con un sistema de seguimiento y evaluación de los procesos y del impacto de la inversión social; Que, con la finalidad de formular la “Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres”, el Poder Ejecutivo ha elaborado un documento de Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Artículo 2.- Encargo (1) De conformidad con el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 006-2003-MIMDES, publicada el 15-01-2003, se designa a los señores Carlos Barrenechea Lercari y Juan Sánchez Barba, como representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ante la Comisión Ejecutiva. (2) De conformidad con el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 036-2003-EF-10, publicada el 04-02-2003, se designa al señor Carlos Ricse Cataño como representante del Ministerio de Economía y Finanzas en la Comisión Ejecutiva. (3) De conformidad con el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0183-2003-AG, publicado el 25-02-2003, se designa al Eco. Juan Manuel Benites Ramos, Director de la Oficina General de Planificación Agraria como representante del Ministerio de Agricultura ante la Comisión Ejecutiva, y al Eco. Eduardo Zegarra Méndez, Director General de la Dirección General de Información Agraria como representante alterno. Artículo 3.- Convocatoria al sector público y al sector
privado A este propósito, las instituciones del Sector Público alinearán sus planes estratégicos y presupuestos de acuerdo a los objetivos y metas que se establezcan en la mencionada Estrategia. Los representantes de las organizaciones políticas y organizaciones sociales y religiosas ejercerán, en el marco del Acuerdo Nacional, su compromiso de concretar la equidad y justicia social participando en la formulación de la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres, como integrantes del Foro del Acuerdo Nacional, de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza y de los Consejos de Coordinación Regional. La Presidencia del Consejo de Ministros, en virtud de ser el ente coordinador, dará el apoyo para que dicha participación se concrete. Artículo 4.- Convocatoria a la Cooperación Internacional Artículo 5.- Refrendo Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO LUIS SOLARI DE LA FUENTE ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN GERARDO AYZANOA DEL CARPIO FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ ALLAN WAGNER TIZÓN JAVIER SILVA RUETE |