CONGRESO DE LA REPÚBLICA
COMISIÓN DE ESTUDIO
DEL PLAN DE REFORMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA ELABORADO POR LA CERIAJUS
PLAN DE TRABAJO
Lima, octubre de 2004
Contenido:
I. Antecedentes y Justificación
II. La Comisión de Estudio del Plan de
Reforma Integral de la Administración de
Justicia elaborado por la CERIAJUS
III. Objetivos del Plan de Trabajo
IV. Areas Temáticas Proyectadas
V. Resultados Esperados
VI. Metodología de Trabajo
VII. Tareas de Difusión
VIII. Programa de Actividades
Anexo
COMISIÓN DE ESTUDIO
DEL PLAN DE REFORMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA ELABORADO POR LA CERIAJUS
I. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
Con fecha 24 de abril del presente
año la Comisión Especial para la
Reforma Integral de la Administración de
Justicia – CERIAJUS, cumpliendo el encargo
encomendado por su Ley de creación , concluyó
con el mandato conferido e hizo entrega al Presidente
de la República, Dr. Alejandro Toledo,
del Plan Nacional para la Reforma Integral del
Sistema de Justicia.
El Plan es el resultado de un
acuerdo político institucional, logrado
entre todas las entidades que conforman el sistema
de justicia, colegios de abogados, facultades
de derecho y representantes de la sociedad civil.
Se trata, por ello, de una experiencia inédita
en nuestra historia republicana, que asegura una
gran cobertura de legitimidad al conjunto de propuestas
allí contenidas y que, al mismo tiempo,
ha permitido construir una definición orgánica
y exhaustiva de reforma judicial, sin precedentes
en nuestro país.
El Plan Nacional presenta un
diseño sistémico y se organiza a
partir de un conjunto de directrices que orientan
los cambios propuestos y buscan instituir el punto
de referencia para la formulación de futuras
reformas . En la base de este esfuerzo se identifican
con claridad los principios constitucionales que
informan el sentido de lo judicial en una democracia.
Se entiende, por ello, el auspicio –desde
el Plan Nacional- de un sistema judicial transparente;
accesible en términos de igualdad social;
dispuesto a responder a las demandas de justicia
para brindar decisiones justas, desde un punto
de vista individual y también social; institucionalmente
idóneo, es decir, con los recursos humanos
más calificados y necesarios para satisfacer
la demanda de justicia, y; premunido de un sistema
penal eficaz para garantizar la protección
de los derechos fundamentales.
Sin embargo, la propuesta presentada
por la CERIAJUS constituye la primera fase de
un proceso de largo aliento. En efecto, los distintos
esfuerzos sectoriales que han permitido la concreción
del Plan Nacional deben su origen a la necesidad
del cambio, como condición para mejorar
el sistema de justicia en su conjunto. Crear las
condiciones para que las propuestas de reforma
se pongan en marcha, constituye entonces el paso
siguiente, pero ello requiere de un esfuerzo mayor
que el requerido para la formulación del
Plan.
La CERIAJUS llegó a establecer
una agenda de cambios que en gran medida ha coincidido
con los esfuerzos desarrollados, en forma simultánea,
en otras entidades del sistema de justicia. Es
el caso del Plan Nacional de Tratamiento Penitenciario
elaborado por el Ministerio de Justicia, el proceso
de reestructuración anunciado por el Poder
Judicial, el Programa de Modernización
llevado a cabo en el Ministerio Público.
Precisamente, en esta misma línea de trabajo
por la reforma del sistema de justicia, se identifican
con nitidez, el importante trabajo desarrollado
para la promulgación del Código
Procesal Constitucional y del Código Procesal
Penal, dos instrumentos normativos de enorme relevancia,
cuya incidencia será crucial en el proceso
de cambio emprendido. Es por esa razón
que la CERIAJUS tuvo como parte de su agenda la
necesidad de apoyar ambas iniciativas, hecho que,
sin duda, contribuyó a impulsar el proceso
de su aprobación y promulgación.
En la actualidad, pese a todas
las dificultades de tipo institucional que las
entidades del sistema de justicia vienen enfrentando,
el PLAN NACIONAL DE REFORMA ha comenzado a ejecutarse.
Si bien no con la celeridad esperada y la coordinación
necesaria para que el esfuerzo resulte óptimo,
el proceso ya está en marcha. Prueba de
ello, son las distintas iniciativas que tuvieron
como fuente de origen la CERIAJUS, algunas de
las cuales son ya disposiciones vigentes y otras
forman parte de la agenda pendiente de discusión
y aprobación en el Congreso de la República.
En el primer caso, puede mencionarse
la ampliación de competencias de la jurisdicción
anticorrupción, la creación de 90
unidades jurisdiccionales en todo el país
(84 juzgados y 6 salas), el nombramiento de jueces
para superar el grave problema de provisionalidad
y suplencia que aún se mantiene, la creación
de nuevas especialidades como la comercial. En
el segundo caso, se tienen dieciseis (16) propuestas
legislativas de reforma constitucional referidas
a la Administración de Justicia, presentadas
por diversos Congresistas de la República,
que han obtenido dictamen favorable por la Comisión
de Constitución y Reglamento .
A su vez el Poder Ejecutivo también
ha mostrado voluntad política para llevar
adelante las propuestas del PLAN NACIONAL DE REFORMA.
En esa línea se ha creado y constituido
en el Ministerio de Justicia la “Comisión
Especial Encargada de Impulsar la Implementación
del Plan Nacional de Reforma Integral de la Administración
de Justicia”, mediante el Decreto Supremo
N° 009-2004-JUS . En todo caso, el trabajo
de esta Comisión tendrá que coordinar
sus líneas de acción con la Comisión
de Estudio del Congreso de la República,
pues toda propuesta de reforma sólo podrá
materializarse a través de su deliberación
y aprobación en el Parlamento Nacional.
Todas estas consideraciones apreciadas
en conjunto, revelan que la reforma del sistema
de justicia está en marcha. Sin embargo,
la agenda instaurada por el PLAN NACIONAL es aún
más vasta y exige, por ello, un compromiso
institucional aún más fuerte. A
esta necesidad responde la creación de
la Comisión de Estudio del Plan Nacional
de Reforma Integral de Administración de
Justicia elaborado por la CERIAJUS. Éste
es el ámbito en el que corresponde definir
el sentido de las propuestas legislativas como
expresión de un gran acuerdo entre las
fuerzas políticas del país que tienen
sede en el Congreso de la República. Este
acuerdo político deberá expresarse
a través del proyecto integral de reforma
que la Comisión de Estudio deberá
elaborar como, instrumento rector de las políticas
públicas en materia de justicia, por vez
primera en la historia republicana. En definitiva,
la propuesta de reforma integral del sistema de
justicia que el Congreso apruebe, deberá
responder al reto que las demandas de justicia
de la ciudadanía y la democracia exigen
en el Perú del siglo XXI.
II. LA COMISIÓN DE ESTUDIO DEL
PLAN DE REFORMA INTEGRAL DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA ELABORADO POR LA CERIAJUS
En sesión de fecha 6 de
octubre de 2004, el Pleno del Congreso de la República
acordó constituir la Comisión de
Estudio del Plan de Reforma Integral de la Administración
de Justicia elaborado por la CERIAJUS . Esta Comisión
está constituida como un órgano
en el que confluyen las distintas fuerzas políticas
del Parlamento y su encargo fundamental es continuar,
desde el papel que toca desempeñar al Parlamento,
el trabajo iniciado por la CERIAJUS.
-
Misión de la Comisión
de Estudio del Plan de Reforma Integral de
la Administración de Justicia elaborado
por la CERIAJUS
De acuerdo a lo expresado en el Acuerdo del
Pleno, la Comisión de Estudio, es posible
asumir que la Comisión de Estudio tiene
como misión:
Esta misión involucra un doble esfuerzo:
por un lado, coadyuvar al logro de consensos
partidarios que desde el parlamento nacional
otorgue legitimidad al proceso de reforma
del sistema de justicia. De otro lado, se
buscará generar los mecanismos más
idóneos para consolidar el trabajo
de la CERIAJUS, a través de la formación
de una verdadera coalición nacional
por el cambio, dentro del más absoluto
respeto por la autonomía e independencia
de las instituciones que conforman el sistema
de justicia, a través de un esquema
de legitimación social, en pos de constituir
un escenario ciudadano, consciente y comprometido
con la reforma del sistema de justicia, como
correlato indispensable de la misma.
-
Conformación de
la Comisión de Estudio y plazo legal
de duración
En razón de lo expuesto, la Comisión
de Estudio tiene un carácter multipartidario.
Su conformación, como expresión
de lo dicho, ha quedado integrada por los
señores congresistas: Fausto Alvarado
Dodero (Presidente); Eduardo Salhuana Cavides;
José Luis Delgado Núñez
del Arco; Johnny Lescano Ancieta; Rosa Florián
Cedrón; Michell Martínez Gonzales;
y Jorge Chávez Sibina.
La Comisión Especial de Estudio del
Plan Nacional de Reforma Integral de la Administración
de Justicia elaborado por la CERIAJUS, cuenta
con un plazo de 180 días útiles,
contados a partir de su instalación,
para concluir con su encargo.
-
Funciones de la Comisión
de Estudio
Esta Comisión tiene como funciones:
-
Estudiar y sistematizar
las propuestas contenidas en el Plan Nacional
de Reforma de la Administración
de Justicia.
-
Aprobar las líneas
metodológicas de la Reforma en
materia normativa, así como coordinar
y apoyar la implementación del
Plan por cada una de las instituciones
vinculadas a la administración
de justicia.
-
Emitir informes y
recomendaciones a las Comisiones Ordinarias
del Congreso de la República en
materia de reforma de la Administración
de Justicia.
-
Mantener una estrecha
coordinación con la Comisión
Especial encargada de impulsar la implementación
del Plan Nacional de Reforma Integral
de la Administración de Justicia
creada por el Poder Ejecutivo mediante
Decreto Supremo N° 009-2004-JUS y
con los demás organismos que se
constituyan al efecto.
-
Revisar la legislación
vigente relativa a los aspectos que modifica
el Plan Nacional de Reforma de la Administración
de Justicia.
-
Aprobar mecanismos
de seguimiento de las propuestas contenidas
en el Plan Nacional de Reforma de la Administración
de Justicia.
-
Evaluar y consolidar
las propuestas del Plan Nacional de Reforma
de la Administración de Justicia
dentro de una visión común
del sistema de justicia y una planificación
de cambios concertada.
-
Realizar campañas
de difusión así como eventos
especializados en las materias que contiene
el Plan Nacional de Reforma de la Administración
de justicia.
-
Las demás que
se derive de su naturaleza, destinada
al cumplimiento de sus fines.
III. OBJETIVOS DEL PLAN DE TRABAJO
Para arribar a la misión
antes señalada, la Comisión de Estudio
debe cumplir con el desarrollo de un conjunto
complejo de actividades y tareas en el tiempo,
que exigen, entonces, la organización y
la constitución, para ello, de Plan de
Trabajo, cuyos objetivos serían:
-
Organizar un esquema de
trabajo que sirva de apoyo, en forma eficaz
y eficiente, a las diferentes líneas
de desarrollo impulsadas por la Comisión
de Estudio.
-
Contribuir a dar cumplimiento,
en forma óptima, a la misión
encargada por el Pleno del Congreso a la Comisión
de Estudio, dentro de la más escrupulosa
observancia del plazo previsto.
IV. ÁREAS TEMÁTICAS
PROYECTADAS
Como se ha indicado, la misión
de la Comisión se centra en el proceso
legislativo de reforma del Sistema de Justicia.
Es en ese sentido que se tiene previsto que las
diversas propuestas legislativas sean elaboradas
por áreas temáticas, tomando en
cuenta un criterio basado en: (i) la prioridad
derivada de la Urgencia: y, (ii) la incidencia
estructural que tales propuestas tengan en el
sistema.
La distribución temática, aún
deberá definirse en las siguientes reuniones,
pero una primera definición bien podría
ser la siguiente:
- Predictibilidad de la justicia, estructura
y funcionamiento de la Corte Suprema.
- Estructura y funcionamiento de las Cortes
Superiores.
- Reforma del sistema procesal penal y civil.
- Carrera Judicial, Selección, Nombramiento
y Formación de Jueces.
- Retribuciones de Magistrados y Personal de
Apoyo.
- Estructura y funcionamiento del Ministerio
Público.
- Defensa judicial del Estado y Justicia Militar.
- Acceso a la justicia y Defensa judicial de
oficio.
- Medios Alternativos de Solución de
Conflictos.
V. RESULTADOS ESPERADOS
El trabajo de la Comisión de Estudio del
Plan de Reforma Integral de la Administración
de Justicia elaborado por la CERIAJUS, se cristalizará
a través de tres productos básicos:
-
Consenso político.
A través de una Declaración
del Parlamento que haga explícito el
acuerdo de apoyar la Reforma del Sistema de
Justicia como un asunto de prioridad nacional.
Este acuerdo firmado entre los distintos grupos
políticos representados en el Parlamento
partirá de la definición de
una agenda legislativa en la que se expongan
los temas prioritarios de la reforma.
-
Formulación y aprobación
de las normas legales integradas al PLAN NACIONAL
de la CERIAJUS. Estas propuestas son de tres
tipos: i) el paquete de medidas legislativas
urgentes; ii) las propuestas desarrolladas
normativamente, incluyendo las que corresponden
a la reforma de la Constitución; iii)
las propuestas y recomendaciones sobre distintos
tópicos, que no cuentan con un desarrollo
normativo en el Plan de la CERIAJUS.
En este preciso aspecto es necesario tener
en cuenta que:
-
Se buscará logra
la aprobación de la totalidad (o la
mayoría) de propuestas que tengan desarrollo
normativo.
-
En el caso de las propuestas
que no hayan arribado a un desarrollo normativo
en el PLAN NACIONAL, se buscará lograr
la formulación de las más importantes
en función de los criterios de prioridad
establecidos por la Comisión de Estudio
(Se acompaña anexo con listado de propuestas
sin desarrollo normativo).
-
Estrategia de Ejecución
de la reforma. Con el propósito de
lograr la “sincronía” necesaria
en “tiempos y acciones” de la
reforma, y en el marco del mayor respeto a
las autonomías institucionales, se
hace necesaria la creación de estructuras
administrativas (diseños orgánicos)
que al interior de cada entidad del sistema
de justicia, asuman la responsabilidad de
la ejecución de la propuesta integral
de reforma.
VI. METODOLOGÍA DE TRABAJO
Para arribar a los objetivos
señalados, se ha previsto una metodología
de trabajo que responde a un enfoque ejecutivo.
La fase legislativa del proceso de reforma, demanda
la necesidad de establecer un equilibrio preciso
entre la deliberación y el establecimiento
de acuerdos. Los productos deben ser el resultado
de una dinámica que compense ambos extremos:
deliberar para esclarecer y legitimar los temas
no desarrollados en el CERIAJUS y tomar decisiones
para el resto de aspectos involucrados en el PLAN
NACIONAL.
Es importante anotar que la metodología
propuesta, debe permitir que los resultados esperados,
se produzcan en el marco de un proceso de legitimidad
social y política que contribuya a recuperar
la confianza ciudadana en la reforma del sistema
de justicia. Se trata de crear un escenario de
“persuasión” y compromiso respecto
del valor e importancia social, política
y económica de la reforma del sistema de
justicia. Este trabajo deberá desarrollarse
en distintos niveles:
-
Reuniones de portavoces
del Parlamento para lograr el Consenso Político:
La reforma del sistema de justicia como prioridad
nacional Sobre la base de un documento propuesto
por la Comisión de Estudio y a pedido
de ésta, los partidos políticos
representados en el Congreso establecerán
una ronda de conversaciones con el fin de
aprobar una Declaración del Parlamento
que establezca la prioridad de la Reforma
del Sistema de Justicia como cuestión
de Estado. El documento a ser suscrito deberá
contener una agenda en la que se establezca
una relación de los temas en función
de su prioridad en el tiempo. Se considera
que ésta es una de las primeras tareas
que debe ser asumida por la Comisión,
pues ello otorgará un impulso fundamental
al trabajo de la misma.
- Para optimizar la estrategia de trabajo y
asignación de tareas de los parlamentarios
con el fin de lograr el producto normativo
-
Reunión técnica
de inducción entre los miembros de
la Comisión de Estudio
Para crear un lenguaje común entre
los parlamentarios de la Comisión de
Estudio, como condición esencial para
asumir como propio el discurso de la reforma
y optimizar el proceso de debate y toma de
acuerdos, en particular en los aspectos que
aún no cuentan con desarrollo normativo,
se ha pensado en desarrollar un “Taller”
de inducción en el que se obtenga una
visión integral y un conocimiento detallado
de los componentes e implicancias del proceso
de reforma judicial, derivado del Plan de
la CERIAJUS.
-
Mesas de concertación
y debate para los miembros de las Comisiones
ordinarias y bancadas parlamentarias
En coordinación con las Comisiones
Dictaminadoras y con el fin de coadyuvar el
trabajo de las mismas, así como para
acelerar el tramite de aprobación de
los proyectos de reforma se ha pensado el
desarrollo de Mesas de concertación
y debate, con la participación de expertos
en reforma judicial y se comprometa la participación
de los parlamentarios de las Comisiones Ordinarias
y los miembros representantes de las Bancadas
Parlamentarias. Se ha pensado en programar
dos Mesas de Debate que deberían estar
presididas por uno de los miembros de la Comisión
de Estudio.
-
Reuniones Técnicas
con representantes de las entidades de la
sociedad vinculadas al problema del sistema
de justicia. Se trata de crear espacios de
opinión articulados por los representantes
de las entidades de la sociedad vinculadas
al problema del sistema de justicia, con el
fin de enriquecer el debate y contribuir a
afinar las propuestas legislativas, en especial
para el desarrollo de aquellas que no tienen
arribo a nivel de proyectos de ley en el Plan
de la CERIAJUS. Este trabajo deberá
programarse en coordinación con las
Comisiones de Constitución y Justicia.
Se ha pensado en definir un cronograma
preciso de cuatro o cinco reuniones a lo largo
de todo el proceso, de acuerdo a los tópicos
a tratar por la Comisión, agrupándolos
en función de criterios temáticos
con dos o tres panelistas centrales, uno por cada
institución. Las instituciones a ser convocadas
son en principio:
-
En el ámbito de
las entidades del Sistema de Justicia: Aprovechando
los lazos creados a través de la CERIAJUS,
se debe buscar profundizar los vínculos
de coordinación y compromiso institucional
con la reforma del sistema de justicia, para
consolidar la propuesta legislativa final.
Las entidades convocadas para este objeto
deben ser: el Poder Judicial, el Ministerio
Público, el Tribunal Constitucional,
el Consejo Nacional de la Magistratura, la
Academia de la Magistratura, el Ministerio
de Justicia, la Defensoría del Pueblo,
el Sistema de Defensa Judicial del Estado,
el Sistema de Establecimientos Penales y el
Ministerio del Interior.
-
En el ámbito de
las facultades de derecho y los colegios profesionales:
Se buscará optimizar el compromiso
y el papel fundamental que estas instituciones
desempeñan en el desarrollo y formación
de los operadores del sistema legal. En lo
que respecta a las Facultades de Derecho Se
podría priorizar a las Universidades
Públicas más antiguas del país
(la Universidad Nacional Mayor de San Marcos,
la Universidad Nacional San Antonio Abad del
Cuzco, la Universidad Nacional de San Agustín
y la Universidad Nacional de Trujillo), junto
a las Universidades privadas más antiguas
( la PUCP, la Universidad San Martín
de Porres, la Universidad Católica
Santa María de Arequipa, la Universidad
de Lima).
-
En el ámbito de
los organismos no gubernamentales: Se buscará
comprometer el esfuerzo y la experiencia de
trabajo de los grupos que han dedicado sus
actividades a los problemas vinculados al
sistema de justicia. En todo caso, la participación
de estos grupos será valorada en función
de los temas más exhaustivamente desarrollados
por cada uno.
-
En el ámbito de
los medios de comunicación: resulta
crucial producir un movimiento de opinión
informada que desde los medios de comunicación,
abra el espacio de deliberación e involucre
a la ciudadanía, en pos de crear sensibilidad
y compromiso con las propuestas de la reforma
del sistema de justicia. En este último
caso es preciso desarrollar una estrategia
que busque posicionar el problema de la reforma
del sistema de justicia en positivo, de modo
que se valore el trabajo de la CERIAJUS, tanto
como el despliegue desarrollado en la Comisión
de Estudio.
- Reuniones de la Comisión de Estudio
con técnicos y expertos
Con el fin de enriquecer
el contenido de las propuestas legislativas
a ser desarrolladas y perfilar mejor las propuestas
ya definidas. Estas reuniones serán
convocadas por la Comisión de Estudio,
cada vez que sea necesario y con los expertos
que esta Comisión acuerde invitar.
VII. TAREAS DE DIFUSIÓN
En el sentido más amplio,
el trabajo de la Comisión de Estudio debe
promover un movimiento de opinión pública
a favor de la reforma del sistema de justicia.
Son varias las posibilidades de desarrollo para
lograr este propósito:
-
Creación de un sitio
en internet en la página principal
del Congreso. A través de ésta
se deberá dar cuenta de los distintos
acuerdos y propuestas que se vayan produciendo
en el ámbito de la Comisión.
Asimismo, se deberá publicar el cronograma
de actividades.
-
Establecer una estrategia
precisa de difusión en la prensa. Para
este efecto, será fundamental contar
con un vocero que articule un discurso con
llegada a los distintos medios de comunicación.
VIII. PROGRAMA DE ACTIVIDADES
El programa de actividades para cumplir con la
misión propuesta y los objetivos señalados
adquiere un carácter diferenciado, dependiendo
de la periodicidad de las mismas:
- Actividades permanentes
-
Seguimiento de las
reuniones de la Comisión de Estudio.
El carácter semanal de estas reuniones
obligará a mantener un proceso
sostenido de sistematización de
la información necesaria para contribuir
a lograr los acuerdos de cada sesión.
-
Actualización
permanente de la información contenida
en el sitio de Internet
Se deberá buscar, además,
establecer vínculos (links) con
páginas web de universidades y
otras entidades vinculadas al tema de
la reforma del sistema de justicia.
-
Tareas de difusión
en medios de prensa
- Actividades a término
-
Reuniones de portavoces
del Parlamento para lograr el Consenso
Político. Se trata de formular
el Documento que servirá la toma
del Acuerdo político e impulsar
la reunión (o reuniones) para que
éste se produzca.
-
Reunión Técnica
de inducción entre los miembros
de la Comisión de Estudio. Un reunión
al principio del proceso.
-
Mesas de Concertación
y debate para los miembros del Congreso
(Comisiones Ordinarias y Bancadas Parlamentarias).
Dos mesas, una al principio y otra a la
mitad del proceso.
-
Reuniones Técnicas
con representantes de la sociedad vinculadas
al problema del sistema de justicia. Entre
cuatro y cinco reuniones.
-
Reuniones de la Comisión
de Estudio con técnicos y expertos.
En función de los requerimientos
de la Comisión de Estudio.
Pueden apreciarse las actividades previstas en
el siguiente cuadro:
CRONOGRAMA
DE ACTIVIDADES
2004 - 2005 |
|
Meses |
|
Nov |
Dic |
Ene |
Feb |
Mar |
Abr |
May |
Reuniones de la Comisión |
x |
x |
x |
x |
x |
x |
x |
Act. sitio de internet |
x |
x |
x |
x |
x |
x |
x |
Difusión medios
de prensa |
|
x |
x |
x |
x |
x |
x |
Reuniones para consenso
político |
x |
x |
|
|
|
|
|
Reunión técnica
de inducción |
x |
|
|
|
|
|
|
Mesas de concertación.
y debate |
|
x |
|
|
x |
|
|
Reunión técnicas
con representantes de sociedad. |
|
x |
x |
x |
x |
|
|
Reuniones con técnicos
y expertos.(*) |
|
|
|
|
|
|
|
(*) En función de los requerimientos
de la Comisión de Estudio
ANEXO
Propuestas de la CERIAJUS que
no cuentan con desarrollo normativo
-
PROYECTO 6: MODIFICACION
URGENTE AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL: Propuesta
de incorporación del artículo
156 al código procesal civil sobre
notificación por nota y modificación
del artículo 157 del código
procesal civil sobre notificación por
cédula.
-
PROYECTO 7: MODIFICACIONES
URGENTES AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL:
Propuesta que sustituye el capítulo
II, sobre cuestionamiento de la competencia,
del título i: competencia, del libro
primero: justicia civil, del código
procesal civil ( artículos 35º
al 46º) y la adición del inciso
6 al artículo 451º del código
procesal civil.
-
PROYECTO 8: MODIFICACION
URGENTE AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL:
Propuesta que modifica el artículo
625 del código procesal civil: extinción
de medidas cautelares.
-
PROYECTO 9: MODIFICACIÓN
DEL ARTÍCULO 58 DE LA LEY GENERAL DE
ARBITRAJE:
Propuesta de modificación del artículo
58 de la Ley General de Arbitraje referido al
recurso de reposición.
-
PROYECTO 25: REESTRUCTURACIÓN
DEL SERVICIO DE LA DEFENSA DE OFICIO.
-
PROYECTO 26: ADECUACIÓN
DEL MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE DEFENSA
JUDICIAL DEL ESTADO.
-
PROYECTO 27: SINCERAMIENTO
DE COSTOS DE LAS TASAS JUDICIALES Y APLICACIÓN
PARA LOS SERVICIOS.
-
PROYECTO 28: CREACIÓN
DE CONSEJO NACIONAL DE LA JUSTICIA PENAL (CONAJUPE)
COMO ENTE QUE GARANTICE UN TRATAMIENTO TÉCNICO
DE LA JUSTICIA PENAL EN EL PAÍS.
-
PROYECTO 29: REFORMA DE
LA DEFENSORÍA DE OFICIO.
-
PROYECTO 30: RÉGIMEN
LABORAL DEL EMPLEO PÚBLICO: AUXILIARES
DE JUSTICIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO.
-
PROYECTO 31: PLAN DE REDEFINICIÓN
DEL SECIGRA-DERECHO.
-
PROYECTO 32:CARÁCTER
PÚBLICO DE EXÁMENES DE INGRESO
A LA CARRERA JUDICIAL DE LOS MAGISTRADOS CON
POSIBILIDADES DE OPOSICIÓN.
-
PROYECTO 33: INHABILITACIÓN
DE MAGISTRADOS POR DESTITUCIÓN O CORRUPCIÓN.
-
PROYECTO 34: PROYECTO DE
LEY PARA DESJUDICIALIZAR LAS SIGUIENTES MATERIAS:
o AFP’s Obligaciones dinerarias.
o Rectificación de partidas ( letras
o números) RENIEC.
-
PROYECTO 35: PROYECTO
DE LEY QUE PROPONGA MODIFICAR EL CÓDIGO
PROCESAL CIVIL A FIN DE: Reducir el plazo
para declarar el abandono del proceso. Declaración
de la conclusión del proceso cuando
el demandante no se presente a la audiencia
de conciliación, estando válidamente
notificado
-
PROYECTO 36: PROYECTOS
DE LEY QUE ESTABLEZCAN LA IMPOSICIÓN
DE UNA MULTA POR EL USO DEL SISTEMA JUDICIAL
(MP-PJ) EN MATERIA PENAL A LOS QUE INDUBITABLEMENTE
DENUNCIEN O DEMANDEN DE MANERA MALICIOSA.
LOS RECURSOS RECAUDADOS SE DESTINARÁN
AL PJ Y AL MP.
-
PROYECTO 37: MODIFICACIÓN
DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL O INCORPORACIÓN
DE UN ARTÍCULO EN LA LEY ORGÁNICA
DEL PODER JUDICIAL QUE ESTABLEZCA LA OBLIGATORIEDAD
DEL USO DE CASILLAS JUDICIALES EN TODAS LAS
CORTES DEL PAÍS PARA REDUCIR COSTOS
Y TIEMPOS EN EL SERVICIO DE NOTIFICACIONES.
-
PROYECTO 38: PROYECTO
DE LEY DE UNIFICACIÓN DE LOS REGISTROS
DE PERSONAS.
-
PROYECTO 39: MODIFICACIÓN
DE LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL
PARA AUTORIZAR LA CREACIÓN POR EL CONSEJO
EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL DE ESPECIALIDADES
EN LA JUSTICIA DE PAZ LETRADA.
-
PROYECTO 40: MODIFICAR
LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL
PARA LA CREACIÓN DE LA ESPECIALIDAD
EN JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Y SALAS SUPERIORES
DE LA ESPECIALIDAD DE DERECHO CONSTITUCIONAL.
-
PROYECTO 41: PROYECTO DE
LEY QUE ESTABLEZCA ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL
PARA EL MP SOBRE LA BASE DE UN PRESUPUESTO
ANALÍTICO Y NO HISTÓRICO.
-
PROYECTO 42: PROYECTO
DE LEY QUE DECLARE AL MINISTERIO PÚBLICO
INAFECTO A LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD ECONÓMICA
QUE SE DICTEN.
-
PROYECTO 43: PROYECTO
DE LEY QUE DECLARE EN EMERGENCIA LA INFRAESTRUCTURA
DEL MINISTERIO PÚBLICO Y QUE OTORGUE
FACULTADES A LA JUNTA DE FISCALES PARA QUE,
EN COORDINACIÓN CON EL MEF, TOME DECISIONES
ADMINISTRATIVAS URGENTES EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA.
-
PROYECTO 44: RECONOCIMIENTO
NORMATIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
COMO LA ENTIDAD OFICIAL PARA BRINDAR ORGANICIDAD
Y CANALIZAR LA DIFUSIÓN DE LA JURISPRUDENCIA.
-
PROYECTO 45: ELIMINACIÓN
DE LOS AUXILIARES JURISDICCIONALES DE LA CARRERA
JUDICIAL.
-
PROYECTO 46: ELIMINACIÓN
DE LA CARRERA AUXILIAR JURISDICCIONAL.
-
PROYECTO 47: DELIMITACIÓN
DE ESPECIALIDADES EN JUZGADOS DE PAZ Y CREACIÓN
DE NUEVAS ESPECIALIDADES.
-
PROYECTO 48: MEJORAMIENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LOS
FISCALES PROVINCIALES PENALES, FISCALÍAS
DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y POOL DE
FISCALES.
-
PROYECTO 49: CREACIÓN
DE COMISIONES DE ESTUDIO PARA LA REFORMA INTEGRAL
DE LAS LEYES ORGÁNICAS.
Propuestas de Reforma de la Justicia
Militar
-
El pasado 28 de octubre,
el Tribunal Constitucional ha publicado en
su página web la sentencia recaída
en el Expediente No. 0023-2003-AI/TC, por
el cual declara FUNDADA en parte la demanda
de inconstitucionalidad planteada por el Defensor
del Pueblo contra diversos artículos
del Decreto Ley No. 23201 –Ley Orgánica
de Justicia Militar- y del Decreto Ley No.
23214 –Código de Justicia Militar-.
Asimismo, en su parte resolutiva, exhorta
al Congreso de la República para que
en un plazo no mayor de doce (12) meses, dicte
las leyes que correspondan, de acuerdo a lo
expresado en la referida sentencia, lo cual
significa que deberá formularse un
nuevo Código de Justicia Militar.
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